"Buenos Oficios"
Actualizado: 22 ene 2020

Por estos días estamos atentos a lo que sucede en la negociación colectiva de Minera Escondida, y lo último que conocimos, es que la compañía solicitó "Buenos Oficios" y la huelga se aplazaría 5 días.
¿Pero que significa "Buenos Oficios".
La Actuación de Buenos Oficios en la negociación colectiva reglada.
La actuación de buenos oficios, es una asistencia o servicio ofrecido por el Estado a los actores del proceso de negociación colectiva reglada, dirigida a colaborar para resolver el conflicto por acuerdo entre las partes involucradas.
El objetivo principal de la Actuación de Buenos Oficios es lograr que las partes hagan suya la necesidad de privilegiar la solución concertada a través del diálogo por sobre cualquiera acción de fuerza.
Actuación de Buenos Oficios según el Código del Trabajo
(art.374 bis)
Dentro de las 48 horas siguientes de acordada la huelga, sin que se haya recurrido a mediación o arbitraje voluntario, cualquiera de las partes podrá solicitar al Inspector del Trabajo competente la interposición de sus buenos oficios, para facilitar el acuerdo entre ellas.
En el desempeño de su cometido, el Inspector del Trabajo podrá citar a las partes, en forma conjunta o separada, cuantas veces estime necesario, con el objeto de acercar posiciones y facilitar el establecimiento de bases de acuerdo para la suscripción del contrato colectivo.
Transcurridos 5 días hábiles desde que fuere solicitada su intervención, sin que las partes hubieren llegado a un acuerdo, el Inspector del Trabajo dará por terminada su labor, debiendo hacerse efectiva la huelga al inicio del día siguiente hábil. Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán acordar que el Inspector del Trabajo continúe desarrollando su gestión por un lapso de hasta 5 días, prorrogándose por ese hecho la fecha en que la huelga deba hacerse efectiva.
De las audiencias que se realicen ante el Inspector del Trabajo deberá levantarse acta firmada por los comparecientes y el funcionario referido.